domingo, 14 de octubre de 2012

6.1 CARACTERISTICAS DEL PROCEDIMIENTO POR INTIMACIÓN.


CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO POR INTIMACION


·                  Solo es aplicable cuando el derecho subjetivo, sustantivo que se hace valer con la acción es un derecho de crédito, la facultad de exigir de una persona una determinada prestación, es aplicable solo a las acciones de condena y no lo es a las acciones constitutivas ni declarativas.

·                  El derecho de crédito debe ser líquido y no debe estar sometido ni es una condición ni al diferimiento del pago.

·                  Puede aplicarse también a la entrega de cierta cantidad fungible (que son de la misma especie).

·                  También se aplica si se persigue la entrega de una cosa mueble quedando excluida de ello las cosas inmuebles.

No hay comentarios:

Publicar un comentario